Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid. Comunidad de Madrid «BOCM» núm. 177, de 27 de julio de 2001 «BOE» núm. 245, de 12 de octubre. · Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios, analizar y personalizar tu navegación, mostrar publicidad y facilitarte publicidad. La ley es la ley - ¿En qué consiste el derecho de petición? - 20/01/17, La ley es la ley online, completo y gratis en A la Carta. Todos los informativos online de. G.O.17528 ASAMBLEA NACIONAL, REPÚBLICA DE PANAMÁ LEY 17 (De 24 de enero de 1974) Por la cual se autoriza al Órgano Ejecutivo a celebrar un contrato con la sociedad. Ley N° 1. 7 de 0.Congreso de la República.Ley N° 1. 7 de 0. Grupo Mariachis Bogota Serenatas Cel. 310 4829822 . Congreso de la República.Fecha: 0. 1- 1. 1- 1.Entidad de Origen: Congreso de la República. Ley N°: 1. 7. Diario Oficial N°: 3. Tema: Por la cual se aprueba la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, suscrita el 2. 01-Ley_N°_17.635.pdf - Free download as PDF File (.pdf), Text File (.txt) or read online for free. Ley N° 17 de 01-11-1971. Congreso de la República. Fecha: 01-11-1971. Entidad de Origen: Congreso de la República. Ley N°: 17. Diario Oficial N°: 33.462. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I La presente Ley tiene por objeto el régimen jurídico de los signos distintivos, categoría. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil., Protección Civil, ambito Estatal,, BOE 10/07/2015. LEY 17.296 Promulgación : 21/02/2001 Publicación : 23/02/2001 SECCION VII - RECURSOS CAPITULO I - NORMAS TRIBUTARIAS Artículo 565 El Impuesto Específico Interno. Fuente. Ley N° 1. Congreso de la República. Concordancias. Legislación. Decreto N° 9. 52 de 2. Ministerio de Relaciones Exteriores. Sentencia N° C - 3. Corte constitucional. Decreto N° 2. 16. Ministerio de Relaciones Exteriores. Decreto N° 2. 33. Ministerio de Relaciones Exteriores. Doctrina. N/AJurisprudencia. N/AContenido de la Fuente. Ley N° 1. 7 de 0. Congreso de la República. Diario Oficial No. Por la cual se aprueba la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, suscrita el 2. EL CONGRESO DE COLOMBIA,DECRETA: Artículo único.Apruébase la Convención sobre Relaciones Consulares, suscrita en Viena el 2.CONVENCION DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARESLos Estados Parte de la presente Convención, Teniendo presente que han existido relaciones consulares entre los pueblos desde hace siglos,Teniendo en cuenta los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas relativos a la igualdad soberana de los Estados, al mantenimiento de la paz y de la seguridad internacional y al fomento de las relaciones de amistad entre las naciones,Considerando que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Relaciones e Inmunidades Diplomáticas aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, abierta a la firma de los Estados el 1.Estimando que una convención internacional sobre relaciones, privilegios e inmunidades consulares, contribuirá también al desarrollo de las relaciones amistosas entre las Naciones, prescindiendo de sus diferencias de régimen constitucional y social.Conscientes de que la finalidad de dichos privilegios e inmunidades no es beneficiar a particulares, sino garantizar a las oficinas consulares el eficaz desempeño de sus funciones en nombre de sus Estados respectivos,Afirmando que las normas de derecho internacional consuetudinario continuarán rigiendo las materias que no hayan sido expresamente reguladas por las disposiciones de la presente Convención.Han convenido lo siguiente: ARTICULO 1o.DEFINICIONES. 1. A los efectos de la presente Convención, las siguientes expresiones se entenderán como se precisa a continuación: a) Por “oficina consular”, todo Consulado general, Consulado, Viceconsulado o Agencia Consular; b) Por “circunscripción consular”, el territorio atribuído a una oficina consular para el ejercicio de las funciones consulares; c) Por “jefe de oficina consular”, la persona encargada de desempeñar tal función; d) Por “funcionario consular”, toda persona, incluído el jefe de oficina consular, encargada con ese carácter del ejercicio de funciones consulares; e) por “empleado consular”, toda persona empleada en el servicio administrativo o técnico de una oficina consular; f) por “miembro del personal de servicio”, toda persona empleada en el servicio doméstico de una oficina consular; g) Por “miembros de la oficina consular”, los funcionarios y empleados consulares y los miembros del personal de servicio; h) Por “miembros del personal consular”, los funcionarios consulares salvo el jefe de oficina consular, los empleados consulares y los miembros del personal de servicio; i) Por “miembro del personal privado”, la persona empleada exclusivamente en el servicio particular de un miembro de la oficina consular; j) Por “locales consulares”, los edificios o las partes de los edificios y el terreno contiguo que, cualquiera que sea propietario, se utilicen exclusivamente para las finalidades de la oficina consular; k) Por “archivos consulares”, todos los papeles, documentos, correspondencia, libros, películas, cintas magnetofónicas. Credito Formativo Universitario Traduzione Inglese .
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November 2017
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